Tribunal 15 de Juicio Laboral dicta medida judicial contra @alcaldeledezma a 5 días de las elecciones
diciembre 3, 2013 1:56 pmPublicado en: Destacados, Nacionales
El TRIBUNAL 15 DE JUICIO LABORAL de Caracas (a cargo del Dr. Herbert Castillo) ha decretado el DESACATO en el Recurso de Amparo presentado por los beneficiarios de la resolución 6.540 y ordena oficio al Ministerio Publico para ordenar apertura del procedimiento.
El DESACATO, podría traducirse en Prisión de seis (6) meses a quince (15) meses.
La decisión del TSJ en Sala Constitucional del pasado mes de diciembre de 2012, declara “Con Lugar el Amparo y se ordena el reenganche de los beneficiarios de la Resolución 6540”
Consultado el Consultor Jurídico de la Alcaldía Metropolitana del Area Metropolitana de Caracas, Dr. Gabriel Eduardo Matute, sobre el caso nos informó:
“El Tribunal 15 de Juicio Laboral, conoce de la ejecución, ordenando la Ejecución Voluntaria, la cual se tradujo en la reincorporación de más de 1.400 beneficiarios de la Resolución 6.540, lo cual se verifica en mayo 2013. A partir de esta fecha, estos beneficiarios fueron reincorporados a la nómina de trabajadores y en consecuencia, comenzaron a recibir sus salarios respectivos, los cuales han venido siendo cancelado con los aumentos de Salario Mínimo decretados en los meses de septiembre 2013 y noviembre 2013 respectivamente”.
Informa la Consultoría Jurídica de la Alcaldía Metropolitana del Area Metropolitana de Caracas que TODOS LOS PAGOS POR CONCEPTO DE SALARIO MINIMO ESTAN NIVELADOS A LA FECHA
“El pasado 15 de noviembre, se procedió a cancelar los aguinaldos, que corresponden a tres (3) meses de salario, éstos se cancelaron con recursos financieros transferidos vía Crédito Adicional”, afirmó Matute.
“Con relación al PASIVO LABORAL correspondiente a los años 2011 (salarios caídos, cesta ticket y aguinaldos) y 2012 (salarios caídos y cesta ticket), estamos a la espera del CREDITO ADICIONAL de la Asamblea Nacional con el cual se procederá a cancelar este monto”. remató el abogado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario